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Opciones y requisitos de titulación licenciaturas modalidades presencial y virtual

Fecha de actualización: 2019-06-28 09:36:32

Procedimiento para la títulación

Paso 1.- Entregar en control escolar una carta solicitando la aprobación para presentar alguna de las 9 formas de titulación, anexando la CARTA DE LIBERACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL expedida por la UACH y el KARDEX señalando el estatus de PASANTE y que el Carnet Cultural esta LIBERADO (alumnos de virtual no necesitan carnet cultural).

La carta debe contener sus datos generales, nombre completo, matricula y carrera, así como su firma y señalar expresamente cual es la forma de titulación que usted desea.

Paso 2.- Si se cumple con el paso anterior, Control Escolar le dará una carta autorizando su forma de titulación. Así mismo se le brindará acceso a los mecanismos para realizar su titulación. Por ejemplo, asignación de un asesor para la tesis, carta para acceso a la maestría, acceso a la lista para presentar el examen EGEL, etc.

Paso 3.- Una vez terminada la forma elegida para la titulación, el pasante deberá presentarla en Control Escolar. Si todo esta en orden y cumple con los requisitos necesarios y particulares de cada forma de titulación, se le entregará al pasante una constancia de liberación para la titulación. 

Paso 4.- El alumno presenta los siguientes documentos para el trámite de su título:


  • 4 copias del pago de titulo, Caja Única $2,858.00 (costo actualizado al 2019)
  • Original y 2 copias del Acta de Nacimiento. (Reciente)
  • 2 copias de  la CURP ampliada a tamaño carta
  • 2 copias de la Autorización de titulación
  • 2 copias de la liberación del servicio social.
  • 2 copias del certificado de preparatoria.
  • 2 copias del certificado de secundaria.
  • 6 fotografías ovaladas tamaño diploma a blanco y negro, mate papel grueso.
  • 2 fotografías tamaño credencial

Requisitos para titulación

Artículo 83. Son requisitos para la titulación:

  I. Haber cursado y acreditado debidamente todas las asignaturas del Plan de Estudios vigente.

  II. Haber cumplido con el programa de actividades señaladas en el Carnet Cultural.

  III. Haber cumplido con la acreditación del Inglés en los Planes de Estudio que así lo requieran, así con la prestación del Servicio Social.

  IV. Encontrarse en pleno goce de sus derechos académicos, conforme a la Legislación Universitaria.

  V. No tener adeudos de ninguna clase con la Universidad.

  VI. Cubrir los costos señalados por la Universidad, a través de la Dirección Administrativa, por los conceptos de titulación.

  VII. Entregar los documentos solicitados por la Dirección, a través del Departamento de Administración Escolar, para la tramitación y otorgamiento del título.

  VIII. Iniciar la opción de titulación elegida, una vez concluidas íntegramente la totalidad de las asignaturas de su Plan de Estudios.

  IX. Cumplir con los demás requisitos que le señalen otras disposiciones aplicables e instancias competentes.

Formas de titulación

Artículo 74. En los programas educativos que ofrece la Universidad, existen las formas de titulación siguientes:

I.- Titulación automática por promedio: el egresado que haya obtenido promedio mínimo general de “nueve” y haya acreditado todas las materias en evaluación ordinaria, en primera oportunidad, se encuentra en aptitud de obtener el Título correspondiente.

  Esta forma de titulación se respetará en los casos en que el alumno acredite la última materia de su Plan de Estudios por medio de un Examen Especial, siempre y cuando ésta sea la única oportunidad usada por el alumno para acreditarla.

II.- Titulación automática por cuatro materias de Maestría: el egresado se inscribe en cualquier Programa Educativo de posgrado de la Universidad y acredita cuatro materias con calificación mínima de “ocho”. Se permitirá realizar esta opción en una Unidad Académica diferente a la de su egreso, siempre y cuando ésta última lo autorice mediante un oficio de aceptación.

III.- Examen Profesional con Tesis: el alumno o egresado elabora un trabajo de investigación bajo la dirección de un catedrático o investigador de la Unidad Académica y se presenta a Examen Profesional.

IV. Examen Profesional con curso en Opción a Tesis: el egresado acude a un curso en opción a tesis, elabora una Tesina y se presenta a un Examen Profesional.

V. Elaboración de un Libro de Texto: el egresado elabora un libro que contenga información relevante relacionada con una o varias asignaturas del Programa Educativo vigente.

VI.- Elaboración de material didáctico: el egresado diseñará un trabajo que sea auxiliar para el logro de los objetivos, de alguna asignatura del programa educativo.

VII. Memoria de experiencia profesional: el egresado elabora y presenta una compilación de actividades de desempeño profesional, con aportaciones personales que resulten innovadoras, de alta calidad, acreditando práctica profesional de cuando menos un año.

VIII. Examen General de Egreso de Licenciatura (EGEL): el egresado se somete a un examen escrito u oral, que abarque la mayor parte de las competencias que incluye el Programa Educativo, elaborado en los términos que determina el presente Reglamento.

Artículo 92. El Examen General de Egreso de Licenciatura es el aplicado por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL), por la propia Universidad o por cualquier otro ente que la misma determine, de acuerdo a los mecanismos que establezca la Dirección para tal efecto, y su aprobación es una opción por medio de la cual el alumno de la Universidad Autónoma de Chihuahua puede titularse.

Artículo 93. El Examen General de Egreso de Licenciatura podrá ser presentado por los alumnos que hayan cubierto el 100% del Plan de Estudios, en las Unidades Académicas que así lo autoricen.

Artículo 94. Para obtener el Título, el alumno deberá tener un puntaje igual o mayor a la media nacional vigente, al tiempo de la presentación del examen y comprobarlo mediante constancia expedida por el Centro Nacional de Evaluación (CENEVAL) o por quien corresponda, según sea el caso.

IX.- Participación en un proyecto de investigación: el egresado participa en un proyecto de investigación que favorezca el desarrollo nacional o regional, pudiéndose presentar constancia de la Institución donde se desarrolló el proyecto, que acredite el grado y nivel de su participación, acompañando copia del resultado que incluya objetivos planeados y objetivos cumplidos.

Tiempo para titulación

Artículo 79. La evaluación de titulación en cualquiera de sus formas, deberá realizarse dentro de un período máximo de dos y medio años, posteriores a la fecha de la terminación de la última materia del Plan de Estudios respectivo.

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